Artículos de opinión. Miguel Veny

Palma de Mallorca - 1954 - Mi trayectoria profesional la he desarrollado siempre en el campo de la PRODUCCION CINEMATOGRAFICA Y AUDIOVISUAL, tanto en el sector privado como en I.O.R.T.V.E. (Dehesa de la Villa - Madrid); TVE (Prado del Rey - Madrid) y TELE-5 (Fuencarral - Madrid). Un saludo. venytorres@ono.com

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17 junio 2008

SE REPITE LA MISMA HISTORIA: IB3


     A finales de 1984 Gabriel Canyellas, a la sazón President del Govern, decidió e impulsó la creación de la Radio y Televisión Pública de las Illes Balears, para ello se elaboró y aprobó la Ley «7/1985, DE 22 DE MAYO, DE CREACIÓN DE LA COMPAÑÍA DE RADIO Y TELEVISIÓN DE LAS ISLAS BALEARES», en ella se estableció que las frecuencias de emisión se otorgarían una vez constituido el Consejo de Administración. Y que éste debía de contar forzosamente con el beneplácito de 2/3 del Parlament. Las dificultades e intereses políticos para llegar a éste consenso, paralizaron la iniciativa y no se pudo desarrollar la Ley.

     En el 2003, el PP retoma de nuevo el proyecto y, para salvar el obstáculo anteriormente descrito, aprueba en la Ley de Acompañamiento «10/2003, DE 22 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS» la siguiente DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA: Mientras no se lleve a término la constitución del Consejo de Administración y del Consejo Asesor regulados en esta Ley, sus funciones serán ejercidas por el Consejo Asesor de Radio y Televisión Española en las Illes Balears. Salvándose así el obstáculo y nace IB3.

     Hoy en día en la «LEY ORGÁNICA 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del estatuto de autonomía de las Illes Balears» referente a IB3 su artículo 91.1 dicta: Una Ley del Parlamento regulará el Ente público de Radiotelevisión de las Illes Balears y el artículo 77 dicta: El Consejo Audiovisual de las Illes Balears se configura como una entidad pública independiente, cuya misión es velar en los medios de comunicación social de titularidad pública por el cumplimiento de los principios rectores del modelo audiovisual, concretamente: promover las condiciones para garantizar la información veraz, objetiva y neutral, y promover la sociedad de la información; garantizar el acceso de los grupos políticos y sociales representativos a los medios de comunicación social; fomentar el pluralismo lingüístico en los medios de comunicación; que se cumplan los principios que inspiran el modelo lingüístico del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears; garantizar y favorecer el acceso de las personas con discapacidad auditiva o visual a los medios de comunicación social y a las nuevas tecnologías.
Los miembros del Consejo Audiovisual son nombrados por el Parlamento de las Illes Balears mediante el voto favorable de las 3/5 partes de sus miembros. La composición y las funciones completas serán desarrolladas por una Ley del Parlamento
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     Es decir, se fija prioridad a la constitución del Consejo Audiovisual de las Illes Balears que al desarrollo de la nueva Ley Audiovisual. En otras palabras: si en su día no fue posible el consenso (PP-PSIB) para nombrar el Consejo de Administración, hoy en día no lo habrá para nombrar el Consejo Audiovisual, por consiguiente no se podrá aplicar ni desarrollar la nueva Ley. Esta es la verdadera realidad de IB3, que la tan cacareada transparencia de comunicación de Xisco Antich debería explicar a toda la opinión pública. En fin, X. Antich ha puesto en manos de UM (A. Martorell) toda, y cuando digo toda, es toda, la gestión ejecutiva de IB3 sin posibilidad de dar marcha atrás, pues si lo hace, él sabe perfectamente que el Pacto de Gobernabilidad saltará por los aires. Dejen de marear con la deuda y los Directores Generales Adjuntos y confiesen que IB3 sufre un grave deterioro democrático interno como consecuencia de su mala gestación.

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